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Actualizado el 3 de noviembre de 2026. Información general, no asesoramiento fiscal.
Abres la factura de Airbnb o de Booking y ves una línea que no esperabas: IVA español sobre la comisión. La empresa no es española, así que mucha gente piensa que es un error. Otros acaban de rellenar el campo del número de IVA y ya no saben qué han hecho. Aquí va lo que se puede afirmar con la ley en la mano, lo que depende de tu caso y lo que conviene hacer esta semana.
La comisión es un servicio que te presta la plataforma: te consigue huéspedes. Cuando un servicio lo presta una empresa que no está establecida en España a un empresario o profesional que sí lo está, la regla general de la Ley del IVA es la inversión del sujeto pasivo: la factura sale sin IVA y lo declara el cliente en su modelo 303.
Pero el artículo 84.Uno.2.º a) de la Ley del IVA tiene una excepción que nombra expresamente las "prestaciones de servicios de intermediación en el arrendamiento de bienes inmuebles". En ese caso la inversión no se aplica. Dicho en llano: para la comisión de una plataforma por un alquiler, la ley vigente no manda que el anfitrión autoliquide el IVA. Es la plataforma quien lo repercute en la factura.
Por eso lo normal es que veas el IVA español (21 %) desglosado. Si tu comisión es del 15,5 %, el coste real es algo más de un 18 % de lo que cobras.
Importante: lo que hace cada plataforma al rellenar ese campo es una decisión de su interfaz, no de la Agencia Tributaria, y cambia con el tiempo. No hay una fuente oficial que diga "pon esto aquí". Lo único fiable es mirar tu propia factura.
| Lo que ves | Qué suele significar | Qué hacer |
|---|---|---|
| IVA español desglosado, a tu nombre y con tu NIF | Lo normal para un alojamiento en España | Guárdala. Se podrá restar en el 303 solo si tus estancias llevan IVA y estás dado de alta |
| IVA español, pero a nombre de otra persona | La cuenta no coincide con quien declara | Corrige titular y datos fiscales en la plataforma, y pide factura corregida |
| Sin IVA y con la mención "inversión del sujeto pasivo" | Según la ley vigente, no debería ser lo habitual en intermediación de alquileres | Consulta a tu asesor antes de presentar el 303 y pide aclaración por escrito a la plataforma. No la ignores |
| Alojamiento en Canarias | El IVA no rige en Canarias: allí hay IGIC | Pregunta a tu asesor. No des por hecho que "no debes nada" |
Mientras tus estancias estén exentas de IVA, ese IVA de la comisión es un coste: no se puede restar.
El Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, cambia esto en su artículo 7: desde el 1 de diciembre de 2026, el alquiler de vivienda amueblada de hasta 30 noches con el mismo arrendatario pasa a tributar al 10 %, salvo que sea la vivienda habitual del arrendador. Si tus estancias llevan IVA, el de la comisión se resta como cualquier otro gasto.
Ojo con lo que está en el aire: el decreto está en vigor desde el 8 de octubre, pero está pendiente de convalidación en el Congreso. La prensa sitúa la votación el 12 de noviembre, sin confirmación oficial. Dos decretos anteriores (26 y 27/2026) fueron derogados a los dos días. Si este no se convalida, vuelve la regla anterior.
Si llevas varios alojamientos y cada uno tiene un titular o una cuenta distinta, esto se multiplica. Itineramio es un PMS: reservas, huéspedes, contratos y gestión de cada alojamiento en un mismo sitio, para no buscar en tres herramientas. La emisión de facturas de la estancia desde Itineramio no está activa todavía, así que esta lista se hace con las facturas que descargas de las plataformas.
No. La ley exceptúa de la inversión del sujeto pasivo la intermediación en el arrendamiento de inmuebles, así que la plataforma repercute el IVA.
Solo si tus estancias llevan IVA y estás dado de alta. Hasta el 30 de noviembre, con estancias exentas, es un coste. Desde el 1 de diciembre depende de que se convalide el decreto.
No la dejes pasar: pide aclaración por escrito a la plataforma, guarda la respuesta y consulta a tu asesor antes de presentar el 303.
Allí rige el IGIC, no el IVA. Cómo se trata la comisión depende de tu caso y de cómo te la facture la plataforma; consúltalo con un asesor canario.
Aviso: esta información es general y no sustituye el asesoramiento de un profesional. La normativa puede cambiar tras la votación del Real Decreto-ley 29/2026; comprueba la fecha de este artículo.
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